IRA Educativa                                                                              

La IRA Educativa o Cuentas de Aportación Educativa las abre el contribuyente para el beneficio exclusivo de sus hijos o parientes hasta el tercer grado de consanguinidad o segundo por afinidad.

El objetivo de esta cuenta es crear un fondo para ayudar a sufragar los costos de educación universitaria. La cuenta es abierta por el contribuyente a beneficio del menor, este dinero se puede utilizar en el pago de matrícula, materiales y gastos relacionados a la educación del menor. Esta IRA es deducible de la planilla de contribuciones. En caso de que los fondos no se retiren para cubrir los costos de educación, la edad en que la persona a la cual se le abrió la IRA puede retirar el dinero sin penalidad del Departamento de Hacienda es de 21 años

Puntos Importantes:

  • La puede abrir el padre, la madre o el tutor del beneficiario.
  • Aportación máxima es de$500 y es decible de tu contribución en la planilla.
  • Las aportaciones  las puede hacer en adición a las aportaciones de su IRA regular.
 

Para consulta sobre cual tipo de IRA educativa es la más conveniente para usted; contáctese con uno de nuestros representantes especialistas en cuentas IRA.